Tu tesina después de aprobarla: depósito en el repositorio, licencia y derechos de autor (Argentina, 2026)

Tu tesina después de aprobarla: depósito en el repositorio, licencia y derechos de autor (Argentina, 2026)

Terminaste de escribir, aprobaste la defensa y entregaste. Y entonces alguien te avisa que tu tesina va a quedar publicada en internet, con tu nombre, para siempre. La reacción más común es una mezcla de orgullo y pánico: ¿quién decidió eso?, ¿puedo negarme?, ¿sigo siendo dueño de lo que escribí?

Las respuestas están repartidas entre una ley nacional que casi nadie leyó y el reglamento de tu propia universidad. Y hay una sorpresa esperándote en la ley: lo más probable es que la norma que obliga a depositar tesis no te alcance a vos.

La Ley 26.899, la que obliga a depositar

La norma que rige el acceso abierto en Argentina es la Ley 26.899 de repositorios digitales institucionales de acceso abierto, sancionada el 13 de noviembre de 2013 y promulgada el 3 de diciembre del mismo año.

Su artículo 1º obliga a los organismos e instituciones públicas que integran el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación y reciben financiamiento del Estado nacional a desarrollar repositorios digitales de acceso abierto. En esos repositorios se deposita la producción científico-tecnológica —el texto menciona expresamente «artículos de revistas, trabajos técnico-científicos, tesis académicas, entre otros»— resultante del trabajo, la formación o los proyectos financiados total o parcialmente con fondos públicos.

Hasta acá parece que te incluye. Leé de nuevo, con atención, a quiénes nombra la ley cuando enumera de quién es esa producción:

«…de sus investigadores, tecnólogos, docentes, becarios de posdoctorado y estudiantes de maestría y doctorado.»

Investigadores, tecnólogos, docentes, becarios de posdoctorado, estudiantes de maestría y de doctorado. Los estudiantes de grado no están en esa lista. Si estás haciendo una tesina de licenciatura, la obligación legal de depósito que fija la Ley 26.899 no recae sobre vos.

El artículo 5º refuerza la misma lista cuando fija el plazo: son esas mismas personas las que deben depositar —o autorizar expresamente el depósito— de una copia de la versión final de su producción, en un plazo no mayor a seis meses desde la fecha de publicación oficial o de aprobación. Para los datos primarios de investigación, el plazo es de hasta cinco años desde su recolección.

Y el artículo 8º le pone dientes a todo esto: el incumplimiento vuelve a las instituciones y a las personas alcanzadas no elegibles para obtener ayuda financiera pública para sostener sus investigaciones. No es una multa; es quedarse afuera del financiamiento, que en el mundo académico pesa más.

Entonces, ¿por qué mi tesina de grado igual termina publicada?

Porque tu universidad puede ir más lejos que el piso nacional, y muchas van más lejos. La ley fija un mínimo obligatorio para posgrado e investigación financiada; no prohíbe que una institución deposite también los trabajos de grado.

El caso más claro es el SEDICI, el repositorio institucional de la Universidad Nacional de La Plata. Su página de políticas declara que acepta, entre otros materiales, «tesis de grado y posgrado». Grado incluido, de manera explícita, aunque la Ley 26.899 no lo exija.

Esta es exactamente la misma lógica que aparece en todo el sistema argentino y que conviene tener internalizada: la ley nacional fija un piso, y la regla que efectivamente te aplica la escribe tu institución. Lo vimos con las sanciones por copiar, donde ninguna ley nacional define el plagio académico —lo desarrollamos en plagio en la tesina: qué dice realmente la ley argentina— y vuelve a aparecer acá con el depósito.

La consecuencia práctica: si querés saber qué va a pasar con tu tesina, el documento que tenés que conseguir no es la ley, es el reglamento de depósito de tu facultad o el de tu repositorio institucional.

Qué firmás exactamente cuando depositás

Acá está el malentendido más caro, y vale la pena desarmarlo con precisión, porque circula muchísima confusión: depositar no es ceder tus derechos de autor.

Las políticas del SEDICI lo dicen con todas las letras. Los autores o titulares de la propiedad intelectual de cada obra aceptan, en el momento del depósito, una licencia de distribución NO EXCLUSIVA, que habilita al repositorio a cumplir con su tarea de preservación y dispone una licencia de uso que le explicita al público qué usos están permitidos.

«No exclusiva» es la palabra que importa. Significa que le otorgás al repositorio un permiso para alojar, preservar y distribuir tu trabajo, pero vos seguís siendo autor o autora y conservás tus derechos. Podés publicar después un artículo derivado de tu tesina, presentarla en un congreso o reutilizarla, porque no entregaste la exclusividad de nada.

La segunda capa es la licencia de uso, que es la que le habla al público. En el caso del SEDICI, las licencias de uso soportadas pertenecen a la familia Creative Commons, y son las que definen si se permite el uso comercial, si se permiten obras derivadas y si esas obras derivadas deben mantener la misma licencia que el documento original.

Esa elección es tuya y conviene hacerla despierto, no apurado en una ventanilla el día que entregás papeles.

Firma de la licencia de distribución no exclusiva al depositar una tesis
La licencia que firmás al depositar es de distribución y no es exclusiva: autorizás al repositorio, pero seguís siendo autor o autora.
Las dos licencias que aparecen en un depósito y qué decide cada una
Licencia Entre quiénes Qué define
De distribución, no exclusiva Vos y el repositorio Que la institución pueda alojar, preservar y difundir tu trabajo. No te quita la autoría ni la exclusividad.
De uso (familia Creative Commons) Vos y el público Qué puede hacer cualquier lector: si puede usarlo comercialmente, si puede hacer obras derivadas y con qué condiciones.

Cuándo se puede pedir que no se publique todavía

La Ley 26.899 previó que no todo se puede abrir de inmediato, y su artículo 6º es el que habilita las excepciones.

Si la producción o los datos primarios están protegidos por derechos de propiedad industrial o por acuerdos previos con terceros, los autores deben igualmente proporcionar y autorizar el acceso público a los metadatos de esas obras, y se comprometen a dar acceso a los documentos completos una vez vencido el plazo de protección o extinguidos esos acuerdos. Es decir: el registro de que tu trabajo existe se publica igual; lo que se demora es el texto completo.

El mismo artículo permite excluir la difusión de datos primarios o resultados —preliminares o definitivos— de una investigación no publicada ni patentada que deban mantenerse en confidencialidad, y para eso exige la debida justificación institucional de los motivos. Y aclara quién decide el momento: es potestad de la institución responsable, en acuerdo con el investigador o el equipo de investigación.

Traducido a tu situación concreta: si tu tesina trabajó con datos de una empresa bajo convenio de confidencialidad, con una patente en trámite o con información sensible de personas, el embargo temporal es una figura contemplada. Lo que no es contemplado es decidirlo por tu cuenta y en silencio: se pide, se justifica y lo resuelve la institución.

Checklist antes de depositar

Estos son los puntos que en la práctica generan pedidos de corrección o problemas posteriores. Revisalos antes de subir el archivo.

  1. Imágenes, tablas y figuras de terceros. Una figura que reprodujiste de un paper con la cita correcta es una cosa dentro de un trabajo evaluado, y otra cuando ese trabajo pasa a estar públicamente descargable. Si no tenés permiso, lo prudente es reemplazarla por una elaboración propia o describirla y citar la fuente.
  2. Datos de personas. Si hiciste entrevistas o encuestas, revisá que en la versión que depositás no queden nombres, direcciones, lugares de trabajo ni cualquier combinación de datos que permita reidentificar a alguien. Los anexos son donde esto se escapa más seguido.
  3. Consentimientos. Verificá qué firmaron tus entrevistados. Si el consentimiento decía «para uso en este trabajo académico», la publicación abierta puede exceder lo que autorizaron.
  4. La versión correcta. Se deposita la versión final aprobada, con las correcciones que pidió el jurado ya incorporadas, no el archivo que llevaste a la defensa.
  5. Metadatos completos. Título, resumen, palabras clave, director o directora, carrera y año. Son lo que hace que tu trabajo aparezca en una búsqueda; una tesina sin buenos metadatos queda enterrada.
  6. La declaración que te pidan. Cada vez más unidades académicas suman una declaración de originalidad y, últimamente, una declaración sobre el uso de herramientas de inteligencia artificial. Firmá lo que efectivamente hiciste.

Sobre ese último punto conviene ser directo. Una declaración de uso de IA no es una confesión ni una trampa: es una descripción. Si usaste una herramienta para ordenar la estructura, revisar la redacción o mantener consistente la bibliografía, eso se declara y no compromete la integridad de nada. Lo que sí sería un problema es entregar un texto que no expresa tu criterio, o firmar que no usaste nada cuando sí usaste algo.

Y una advertencia técnica que ya cuesta trabajos: las herramientas generativas pueden producir referencias con autores y títulos verosímiles que no existen. Ninguna referencia que no hayas abierto vos debería entrar en tu bibliografía, y menos en un documento que va a quedar público y citable. Cómo verificar una fuente normativa antes de citarla lo mostramos en cómo citar leyes, decretos y fallos argentinos en APA 7.

El lado bueno: tu tesina pasa a ser citable

Vale terminar por donde casi nadie empieza. Un trabajo depositado recibe una dirección estable y metadatos normalizados, lo que significa que otra persona puede encontrarlo, citarlo y construir sobre él. Deja de ser un archivo en una carpeta y pasa a ser un antecedente tuyo, con fecha, que podés poner en un currículum, en una postulación a beca o en una solicitud de admisión a un posgrado.

Es también el motivo por el cual conviene que el trabajo esté prolijo antes de depositarlo: el documento que quede ahí es el que te va a representar durante años. Si el depósito todavía está lejos y lo que tenés adelante es escribir, el recorrido completo está en cómo hacer una tesina de licenciatura en Argentina, y si lo que se viene es la defensa, la preparación paso a paso está en defensa de la tesina y coloquio final.

Tesify está pensado con ese criterio: te acompaña a estructurar el trabajo y a mantener las referencias en orden, y el argumento y el texto los ponés vos. Si estás arrancando, podés armar la estructura de tu tesina gratis.

Preguntas frecuentes

¿Puedo negarme a que publiquen mi tesina?

Depende de tu institución, no de la ley nacional. La Ley 26.899 obliga a depositar a investigadores, docentes, becarios de posdoctorado y estudiantes de maestría y doctorado con financiamiento público; los estudiantes de grado no figuran en esa enumeración. Si tu universidad exige el depósito de trabajos de grado, la fuente de esa exigencia es su propio reglamento, y ahí también están previstas las vías de excepción.

Si deposito mi tesina, ¿pierdo los derechos de autor?

No. El depósito se instrumenta mediante una licencia de distribución no exclusiva: autorizás al repositorio a alojar, preservar y difundir la obra, y conservás la autoría y la posibilidad de reutilizarla o publicarla en otro lado.

¿Puedo publicar después un artículo basado en mi tesina depositada?

En principio sí, porque la licencia de distribución no es exclusiva. Lo que conviene verificar es la política de la revista a la que apuntes: algunas tienen reglas propias sobre trabajos ya disponibles públicamente. Revisá esas condiciones antes de enviar.

¿Qué plazo tengo para depositar?

Para quienes están alcanzados por la Ley 26.899, el artículo 5º fija un plazo no mayor a seis meses desde la publicación oficial o la aprobación, y hasta cinco años para los datos primarios de investigación. Si sos estudiante de grado, el plazo que te rige es el que fije tu institución.

¿Se puede pedir un embargo temporal?

Sí, y está previsto en el artículo 6º de la ley para casos de derechos de propiedad industrial, acuerdos previos con terceros o información que deba mantenerse en confidencialidad, con justificación institucional. Aun en esos casos se publican los metadatos del trabajo, y el momento de la difusión completa lo define la institución en acuerdo con quien investiga.

¿Tengo que anonimizar las entrevistas antes de depositar?

Revisá qué autorizaron tus entrevistados al firmar el consentimiento. Un consentimiento otorgado para un trabajo académico evaluado no necesariamente cubre la publicación abierta, y los anexos con transcripciones completas son el lugar donde más seguido quedan datos que permiten reidentificar personas.